Transcurridos tres meses desde la aniversario de la solicitud sin que tenga refleja en el expediente culto la misma, el interesado debe entenderla desestimada, pudiendo interponer arbitrio de alzada ante el Rector de la Universidad, en el plazo de un mes. Junto a precisar que estas no son funciones sino https://www.google.com.et/url?q=https://tramites10.com/