1. Los trabajadores y sus representantes podrán acogerse a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si consideran que las medidas adoptadas y los medios utilizados por el patrón no son suficientes para asegurar la seguridad y la salud en el trabajo. Con el fin de asegurar la regularidad en https://seguridad-en-el-trabajo17382.nizarblog.com/34350856/el-5-segundo-truco-para-gestión-de-seguridad